Alta y comienzo de actividad
Revisamos el alta, fecha de inicio, encuadramiento y las circunstancias personales que pueden influir desde el primer día.
Autónomos · Seguridad Social · 2026
Revisamos tu alta, cotización, cuota, rendimientos y protección para que tomes decisiones conociendo su efecto sobre tus prestaciones y tu futura jubilación.
Atención presencial en Badalona y consultas a distancia para toda España.
Asesoramiento para autónomos
Desde el alta hasta la jubilación, las decisiones sobre cotización y encuadramiento pueden afectar a lo que pagas hoy y a la protección que tendrás mañana.
Revisamos el alta, fecha de inicio, encuadramiento y las circunstancias personales que pueden influir desde el primer día.
Comprobamos si puedes acceder a las reducciones previstas para el inicio de actividad y durante cuánto tiempo pueden resultar aplicables.
Analizamos los rendimientos netos previstos, el tramo aplicable y la base de cotización dentro de los límites establecidos.
Incapacidad temporal o permanente, cese de actividad, jubilación y otras situaciones protegidas por la Seguridad Social.
Alta de autónomo
Antes de iniciar una actividad conviene estudiar correctamente la situación: cuándo debe producirse el alta, qué actividad se desarrolla, cuál es el encuadramiento adecuado y qué beneficios en la cotización pueden resultar aplicables.
La denominada cuota reducida tiene requisitos propios y debe solicitarse en los términos legalmente previstos. Su posible prolongación también depende de las condiciones aplicables y de los rendimientos obtenidos.
Las reducciones y sus cuantías pueden cambiar. Comprobamos la normativa vigente en la fecha concreta del alta antes de aplicar una cifra.
Consulta
Estudiamos el inicio de actividad, cotización y posibles reducciones para que conozcas tus obligaciones antes del alta.
Revisar mi altaCotización por rendimientos
El sistema de cotización de autónomos se vincula a los rendimientos netos. Durante el año se trabaja con una base provisional y posteriormente puede producirse la regularización conforme a los rendimientos comunicados por la Administración tributaria.
En 2026 siguen existiendo tablas de rendimientos y bases mínimas y máximas. La base máxima general mensual es de 5.101,20 €, sin perjuicio de las reglas específicas de cada tramo y situación.
Cambios durante el año
La previsión realizada al comenzar el año no tiene por qué mantenerse. Si varían los rendimientos netos previstos, puede solicitarse un cambio de base con los efectos establecidos por la Seguridad Social.
En 2026 es posible adaptar la base hasta seis veces al año, en los periodos previstos, para aproximar la cotización a la evolución real de la actividad.
También estudiamos situaciones de pluriactividad, cuando se trabaja simultáneamente por cuenta propia y por cuenta ajena, y los posibles efectos sobre las cotizaciones.
Cotización
Revisamos rendimientos, base y tramo para valorar si conviene adaptar la cotización.
Revisar mi cotizaciónProtección social
La cotización no debe analizarse únicamente como un coste mensual. La base y los periodos cotizados pueden tener consecuencias en diferentes prestaciones de Seguridad Social.
Autónomo TRADE
Cuando un autónomo obtiene al menos el 75 % de sus ingresos del trabajo y de actividades económicas o profesionales de un único cliente, puede ser necesario analizar si reúne además el resto de requisitos para ser considerado trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE).
No basta con alcanzar ese porcentaje. La figura tiene requisitos adicionales y una regulación específica sobre contrato, organización de la actividad y relación con el cliente.
Por eso estudiamos si realmente existe una situación TRADE y cómo debe formalizarse, evitando confundirla con una relación laboral por cuenta ajena.
TRADE
Revisamos ingresos, forma de trabajar, dependencia económica y restantes requisitos antes de calificar la relación.
Estudiar mi situación TRADEPreguntas frecuentes
Depende de la actividad y de las circunstancias concretas. Conviene revisar la fecha de inicio y el encuadramiento antes de comenzar para evitar altas incorrectas o fuera de plazo.
La Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo mantiene una cuota reducida para determinados inicios de actividad, sujeta a requisitos. La cuantía y condiciones aplicables deben comprobarse conforme a la normativa vigente en la fecha del alta.
Con carácter general, la cotización se relaciona con los rendimientos netos de la actividad y con las tablas de bases aplicables. La base provisional puede ser objeto de regularización posterior.
Sí. El sistema permite solicitar cambios durante el año para adaptar la base a la previsión de rendimientos, dentro de los plazos y límites establecidos.
La Seguridad Social puede regularizar la cotización a partir de los rendimientos comunicados por la Administración tributaria, con las reglas y excepciones aplicables a cada situación.
Puede tener derecho a prestaciones por incapacidad temporal si reúne los requisitos exigidos. La cuantía y condiciones dependen de la contingencia y de su situación de cotización.
No todo cierre genera automáticamente derecho a la prestación. Debe existir una situación legal de cese y cumplirse los requisitos de cotización y demás condiciones previstas.
No. El porcentaje de dependencia económica es un requisito relevante, pero deben cumplirse además los restantes requisitos legales de la figura del TRADE.
LaboralClave
Revisamos tu situación como autónomo desde el alta y la cuota hasta las prestaciones, el cese de actividad y la futura jubilación.