Acabo de iniciar una baja
Resolvemos dudas sobre incapacidad temporal, prestación, duración, controles y efectos laborales durante la baja médica.
Incapacidades y baja médica · 2026
Estudiamos tu situación desde la incapacidad temporal hasta una posible incapacidad permanente, así como altas médicas, revisiones, denegaciones y reclamaciones ante el INSS.
Atención presencial en Badalona y consultas a distancia para toda España.
Desde el inicio de la baja
Una baja médica prolongada puede generar dudas mucho antes de que exista un expediente de incapacidad permanente. Conocer los posibles escenarios permite tomar decisiones con más información y preparar correctamente cada fase.
Resolvemos dudas sobre incapacidad temporal, prestación, duración, controles y efectos laborales durante la baja médica.
Analizamos qué puede ocurrir si las limitaciones persisten y dificultan la reincorporación a tu profesión habitual.
Explicamos las posibles decisiones del INSS: alta médica, prórroga de la incapacidad temporal o inicio de un expediente de incapacidad permanente.
Valoramos las limitaciones funcionales, las exigencias de tu profesión y si procede estudiar una posible incapacidad permanente.
Incapacidad temporal
Hasta los 365 días del proceso de incapacidad temporal intervienen los órganos competentes según cada caso. Agotado ese plazo, el INSS es el competente para decidir sobre el alta médica, reconocer una prórroga de hasta 180 días más o determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente.
Por eso, si llevas meses de baja y existen dudas razonables sobre tu recuperación o reincorporación, puede ser útil revisar con antelación tu situación laboral, médica y de cotización.
La evolución y las decisiones aplicables dependen de cada expediente. Esta información es general y no sustituye el estudio individual del caso.
Consulta preventiva
Podemos estudiar tu situación antes de que llegue una resolución de incapacidad permanente y explicarte los escenarios que pueden producirse.
Consultar mi situaciónIncapacidad permanente
La valoración no depende únicamente del diagnóstico. Resulta esencial analizar las limitaciones funcionales y cómo afectan a la profesión y capacidad laboral de la persona.
Cuando existe una disminución relevante del rendimiento para la profesión habitual sin impedir sus tareas fundamentales, conforme a los requisitos legales aplicables.
Cuando las limitaciones inhabilitan para todas o las tareas fundamentales de la profesión habitual, aunque pueda existir capacidad para otra distinta.
Cuando la situación inhabilita por completo para toda profesión u oficio, de acuerdo con la valoración legal correspondiente.
Denominación legal actual del grado antes conocido como “gran invalidez”, para situaciones en las que se necesita asistencia de otra persona para actos esenciales de la vida.
Situaciones habituales
Preguntas frecuentes
Sí. No es necesario esperar a que la baja sea prolongada. Podemos resolver dudas sobre la incapacidad temporal y, si existen limitaciones que previsiblemente dificulten la vuelta al trabajo, valorar los escenarios que podrían plantearse más adelante.
Agotados 365 días, el INSS puede emitir el alta médica, reconocer una prórroga de la incapacidad temporal con un límite de 180 días adicionales o determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, según las circunstancias del caso.
No. La duración de una baja no determina por sí sola una incapacidad permanente. Deben valorarse la evolución, las limitaciones funcionales y su incidencia laboral, además de los requisitos legales aplicables.
La normativa contempla incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran incapacidad. La denominación “gran incapacidad” sustituyó legalmente a “gran invalidez” en 2025.
Conviene revisar la resolución, los informes médicos, las exigencias de la profesión y los plazos aplicables para valorar si procede formular la reclamación correspondiente.
La compatibilidad depende del grado reconocido, de la actividad que se pretenda realizar y de las funciones concretas. Debe revisarse individualmente antes de iniciar o mantener una actividad laboral.
LaboralClave
Explícanos en qué punto estás: inicio de baja, baja prolongada, alta médica, posible incapacidad, denegación o revisión.